¿ Un derecho (fundamental) a la sostenibilidad climática? Evolución en la UE sobre adaptación y mitigación a la luz del derecho internacional
Resumen
Basado en referencias normativas clave, el artículo afirma que un “derecho fundamental a la sostenibilidad climática” se está desarrollando como un reclamo independiente en la Unión Europea (UE). Sin embargo, ¿es sistémicamente viable ese derecho? A la luz de la correlatividad entre derechos y deberes, el artículo contextualiza los avances de la UE en el sistema del derecho internacional, según el cual el derecho a la sostenibilidad climática surge como una reivindicación particular, más que universal, y sólo se menciona esporádicamente como un deber fundamental, más específicamente como una ley indicativa y no como una obligación estricta o un compromiso vinculante. La reciente declaración de la naturaleza fundamental del derecho a un medio ambiente sostenible por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas también implica el reconocimiento internacional de la naturaleza fundamental del derecho a la sostenibilidad climática, con respecto tanto a la mitigación como a la adaptación. De hecho, el derecho a la sostenibilidad climática –incluidos los deberes sustantivos y procesales correlacionados– es un componente del derecho a la sostenibilidad ambiental, tanto a nivel internacional como de la UE.
Recibido: 30 septiembre 2024
Aceptado: 23 enero 2025
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